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No se trata de conseguir un convenio de mutuo acuerdo, una vez se ha quitado la custodia a uno de los padres y se ha concedido la custodia monoparental al otro.
La custodia compartida es un derecho, al que no se puede ni debe renunciar. Un derecho que nace de la familia y que hay que respetar ante, durante y después del matrimonio.
Cualquier convenio del que se sigue la privación no voluntaria de la custodia para uno de los progenitores , aunque sea de mutuo acuerdo, es un acto injusto, que atenta contra el derecho de los hijos a seguir teniendo padre y madre en igualdad de condiciones después del matrimonio. Los jueces no pueden privar a los hijos de tales derecho. Los derechos de la familia trascienden el matrimonio.
La patria potestad es un concepto vacío si no está asociado a la custodia de los hijos y así lo reconocen las principales ramas jurídicas de los países más avanzados. La CUSTODIA COMPARTIDA es básicamente un derecho que tienen hijos y progenitores a seguir teniendo una relación paterno filial y materno filial igualitaria y justa, sobre la que seguir desarrollando la afectividad y el cariño, al margen de las relaciones contractuales entre sus padres que acaban con el matrimonio. Resulta realmente nefasto que los juristas españoles traten de conseguir este tipo de “ convenios “ chantajeando a sus clientes con la pérdida de todo derecho a estar con sus hijos y engañando con la promesa de que no pierden la patria potestad.
LA CUSTODIA COMPARTIDA , como cualquier derecho, sólo puede ser limitada ( que no sustraída) en caso de delito probado. Pero quien limita este derecho sin que exista delito alguno comete un profundo acto de injusticia y es responsable de la violencia que pueda seguir a una pérdida injusta del derecho.
Advertimos, desde aquí, que la justicia española no actúa correctamente cuando quita inconstitucionalmente la custodia a uno de los progenitores. Más aún, como consecuencia de este proceder injusto entra en el juego de criminalizar al progenitor no custodio para poder justificar su modo incorrecto de actuación. Los convenios de mutuo acuerdo que no parten del derecho inalienable a la coparentalidad con los hijos son injustos y en el fondo responden a una correlación de fuerzas desequilibrada a favor de uno u otro progenitor.
Sobre la base del derecho a la CUSTODIA COMPARTIDA se puede llegar a cualquier tipo de acuerdo mutuo que tenga en cuenta las necesidades de los hijos y de cada uno de los progenitores sobre el tiempo de convivencia con uno u otro excónyuge, la distancia de las viviendas , la colaboración económica, la educación de los hijos, las nuevas posibilidades laborales de alguno de los progenitores, las nuevas relaciones de pareja o matrimoniales, etc, etc. Eliminada la CUSTODIA COMPARTIDA, nada de esto es posible dentro del sentido común sino por el contrario se aboca a una lucha cruel e injusta entre progenitores, que padecen los hijos de forma dramática.
La manera procesal que se sigue en la actualidad en los casos de separación y divorcio produce un enorme temor en ambos progenitores de perder a los hijos y posteriormente una frustración difícilmente asimilable al sentenciar la ruptura de la familia ( no sólo del matrimonio) al dar la custodia a uno de los progenitores en detrimento de los hijos y del otro progenitor. Se aboca a los progenitores a una lucha por el derecho a convivir con los hijos que degenera en muchos casos en una guerra y crea el caldo de cultivo para gran parte de la llamada violencia doméstica ( El Ministerio de Justicia cifra en un 79% el porcentaje de la violencia doméstica que tiene lugar iniciados los procesos de separación y divorcio)
La violencia doméstica es, desde este enfoque, la consecuencia de un proceder injusto por parte de la sociedad a través de sus máximos representantes.
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